Términos y condiciones del servicio de asistencia remota QuBit

 

 

I.  Descripción del Servicio

 

El servicio de asistencia remota de Informática QuBIT consiste en ofrecer a sus clientes, con o sin contrato de Mantenimiento, la facilidad de brindar soporte técnico de manera remota, en donde, previamente autorizado por el cliente a través de una identificación y contraseña segura, que será proporcionada por el sistema, el técnico de QuBIT podrá conectarse al equipo informático del cliente a través de Internet para poder solucionar las incidencias.

Los Clientes que no dispongan de un plan de mantenimiento QuBIT, aceptan que este servicio será abonado mediante PayPal, según las tarifas vigentes para tal efecto: “Asistencia remota QuBIT básica, avanzada y completa”, (costes, comisiones de PayPal e IVA incluidos en el precio).

Los planes de mantenimiento QuBIT ya incluyen en su precio esta característica de asistencia remota.

La conexión se realizará siempre a solicitud del cliente. El personal de soporte técnico de QuBIT sólo podrá tener control de manera remota del dispositivo final, siempre y cuando el cliente ejecute la herramienta de soporte remoto y suministre al operador el ID y la contraseña que el programa genera. El cliente tendrá la potestad de interrumpir en cualquier momento la comunicación desconectando la sesión de soporte remoto. 

Después de finalizar la sesión, el personal técnico de QuBIT no visualizará ni tendrá acceso al equipo del cliente. Una nueva sesión podrá ser establecida solamente si el cliente ejecuta nuevamente el programa y proporciona las nuevas claves que genera la aplicación de manera aleatoria al técnico de QuBIT, que deberá estar conectado al mismo tiempo que el cliente.

La herramienta de Soporte Remoto de QuBIT incluye la opción de realizar transferencia de archivos, abrir sesiones de mensajería instantánea o videoconferencias, las cuales solamente se realizarán cuando sean técnicamente necesarias, previa coordinación con el cliente. Asimismo, el cliente al contratar el servicio, autoriza al personal de soporte técnico de QuBIT acceder de forma remota a su equipo –durante el servicio- y ejecutar programas, abrir, modificar o borrar archivos y demás tareas necesarias para realizar el trabajo. La asistencia remota es casi como si el técnico estuviese físicamente usando el dispositivo final del cliente.

 

II.  Alcance

 

El servicio de asistencia técnica remota de QuBIT está orientado a plataformas con sistemas operativos de Microsoft, según se especifica en la Web.

QuBIT no brinda servicio de asistencia remota para el uso o configuración de programas particulares “a medida” o para sistemas informáticos con sistemas operativos de Apple o Linux, (para estos últimos podrá realizarse en taller).

www.quasar.com.es/soporteremoto/condiciones.htm

III.  Disposiciones Generales

·         Artículo 1.  Al descargar el programa de asistencia remota QuBIT, el cliente acepta los términos y condiciones.

·         Artículo 2. Cada vez que usted ejecute la aplicación de asistencia remota de QuBIT, esta se conectará a un servidor que genera de manera codificada un ID y una contraseña, la cual deberá ser suministrada únicamente al personal técnico de QuBIT. Una vez que el servidor valida los datos establecerá una conexión remota entre el Pc del operador y el dispositivo del cliente, quién procederá a la ejecución de la aplicación, bajo un método de encriptación seguro.

·         Artículo 3. El programa tiene el propósito de brindar asistencia técnica a los clientes de QuBIT mediante un operador. La descarga de este programa es completamente gratuita y accesible desde la Web www.informaticaqubit.es, donde se detalla el proceso para solicitar y obtener el servicio.

·         Artículo 4. QuBIT ofrece este servicio de soporte remoto a los clientes que posean una conexión a internet de banda ancha, (mínimo 1 Mbps).

·         Artículo 5. Serán compromisos del cliente:

 

a.   Analizar y definir los elementos de respaldo necesarios para garantizarse la continuidad de su actividad.

b.  Mantener una copia de seguridad de los documentos y programas que utilice en su computador o cualquier otro medio alterno de información al cual tenga acceso. 

c.   Conocer  y aplicar las instrucciones  de  operación  emitidas por el personal de QuBIT.  

d.  Mantener bajo resguardo cualquier tipo de contraseña, correos electrónicos o cualquier otra información de carácter confidencial. 

e.   Ejecutar la aplicación en dispositivos que sean de su propiedad. 

f.    Informar a QuBIT cuando sospeche que la seguridad de su equipo se ve comprometida de cualquier forma, vía  correo  electrónico  a   la dirección: contacto@informaticaqubit.es

 

 

 

·         Artículo 6.

Serán compromisos de QuBIT:

a.   No distribuir, vender o facilitar a terceras personas, la información disponible de EL CLIENTE.

b.  Garantizar el secreto e intimidad de las comunicaciones cursadas a través de sus sistemas.

c.   Utilizar el Programa de Acceso Soporte Remoto siempre y cuando exista una petición por parte del cliente dada una necesidad de asistencia técnica relacionada a los servicios que QuBIT suministra.

 

·         Artículo 7.

Por las características propias del servicio, en relación a los posibles daños y perjuicios que se puedan derivar de la prestación del soporte remoto, la responsabilidad de QuBIT prevista en este artículo, se limitará únicamente a los daños directos debidamente comprobados, acaecidos por negligencia o impericia de QuBIT, excluyéndose eventuales daños indirectos, como posibles pérdidas de datos tras la desinfección o formateo de un equipo, siendo responsabilidad del cliente disponer de copia de seguridad. Todas estas posibles consecuencias dependen del estado del equipo y el cliente será informado previamente, si se sospechara la posibilidad de sufrir dichas incidencias antes de proceder.   

·         Artículo 8.

QuBIT no asume ninguna  responsabilidad, en el caso de que el cliente  no pueda acceder a la facilidad de Acceso de Soporte Remoto de QuBIT,  tanto  en territorio español o extranjero cuando: 

a.   Se deba a problemas de acceso a Internet.

b.  Desconocimiento  o mal  uso del servicio por parte del Cliente.

c.   Un  hecho  realizado o  generado por  un tercero.

d.  El Pc no se encienda o no arranque por problemas de hardware, para lo cual será revisado en taller.  

e.   Cualquier  otra  circunstancia  de  fuerza  mayor  o  caso fortuito.

 

·         Artículo 9.

Si el equipo informático no se pudiera reparar, a causa de alguno de los puntos descritos en el artículo 8 y el pago fuera ya efectuado, se procederá a su reparación en taller, descontado el importe abonado previamente por el cliente, corriendo por parte de este los gastos de envío o desplazamiento de nuestros técnicos en caso de que fuera necesario.

 

                 

Términos y condiciones del servicio de asistencia remota QuBIT

Copyright (C) 2015 Informática QuBIT

www.informaticaqubit.es

Pza. de las Carmelitas, 1 (34005) - Palencia, (España).

Tel. 615 24 40 48